
De esto hablamos hasta hace un ratito, hoy jueves 13.10.11
I. GOBIERNOS DE FACTO
1. ¿Qué es un gobierno de facto?
a. Falta de legitimidad en el origen.
b. Ilegitimidad sobreviniente (Fujimori)
c. Sucesión ilegítima (Guido, Lastiri)
d. ¿Golpes de Estado socio económicos (Alfonsín 1989, De la Rúa, 2001).
2. La observancia de la Constitución y su interrupción.
a. El carácter docente del art. 36 CN.
b. Su efectiva observancia
c. El derecho de la revolución triunfante.
d. Los actos de fuerza y su nulidad. ¿Hasta dónde se extiende esa nulidad? Antecedentes
3. Los delitos de interrupción del orden democrático:
a. Sujetos comprendidos:
i. Ejecutores de medidas de fuerza y
ii. Usurpadores de las funciones.
b. Imprescriptibilidad de las acciones penales
c. Sanciones: inhabilitación a perpetuidad para desempeñar cargos públicos.
d. Exclusión de los beneficios del indulto y de la conmutación de penas. ¿Otros beneficios menores: excarcelación, prisión domiciliaria? ¿Amnistía?
4. Derecho de resistencia. Su efectiva vigencia.
5. La ley de ética pública.
6. Golpe de Estado y Revolución: la opresión como factor esencial del derecho a la resistencia.
7. Los golpes de Estado en Argentina.
8. La concentración de poderes y el ejercicio de facultades legislativas durante los gobiernos de facto.
9. ¿Son válidas las leyes dictadas por los gobiernos de facto? CSJN 1996, Herráiz: son válidas mientras no se las deroga.
II. EL RÉGIMEN REPRESENTATIVO ARGENTINO. INSTITUCIONES DE DEMOCRACIA SEMIDIRECTA.
10. Consulta popular:
a. Antecedentes:
i. La consulta popular de 1984.
ii. La consulta popular de 1993 sobre la reforma constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario