martes, 18 de octubre de 2011

Clase 19 (18.10.11)


De esto hablamos hoy en clase:



CLASE 19 (13.10.11)

I. EL RÉGIMEN REPRESENTATIVO ARGENTINO. INSTITUCIONES DE DEMOCRACIA SEMIDIRECTA.

1. Consulta popular:

a. Antecedentes:

i. La consulta popular de 1984.

ii. La consulta popular de 1993 sobre la reforma constitucional.

b. Tipos:

i. Vinculante: puede disponerla el Congreso, por iniciativa de la Cámara de Diputados, en relación a un proyecto de ley. El voto afirmativo del pueblo lo convierte en ley y la promulgación es automática. La ley de convocatoria no podrá ser vetada (argumento contrario sensu para otras leyes).

ii. No vinculante: puede ser dispuesta por el Congreso o por el presidente, dentro de las competencias que a cada uno comprenden. El voto no es obligatorio (así fue también en 1984).

c. ¿Hay materias excluidas? GBC afirma que también están excluidas las mismas que las relativas a la iniciativa popular.

2. Iniciativa popular:

a. Ciudadanos pueden presentar proyectos de ley: en la Cámara de Diputados.

b. Deben tratarse de un porcentaje significativo de ciudadanos: art. 39 CN: no más del 3% del padrón à 4 L. 24.747 establece el piso del 1,5%, que debe representar como mínimo a 6 distritos electorales, salvo iniciativa con alcance regional.

c. Obligación de tratamiento del Congreso: dentro de los 12 meses. ¿Qué pasa si el Congreso no da tratamiento? GBC: inconstitucionalidad por omisión.

d. Materias Excluidas: reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y material penal.

e. Ley reglamentaria: L. 24.747 (1996)

III. DERECHOS ELECTORALES.

3. Los derechos políticos: propiamente dichos y otros derechos que son políticos por su finalidad (reunión, asociación, protesta).

4. El art. 23 CADH.

a. Participación en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes.

b. Votar y ser elegido en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual, y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores

i. Representaciones sectoriales: el caso de la India y los pobres.

ii. El voto electrónico.

c. Acceso en condiciones de igualdad a la función pública.,

5. El voto: el derecho de sufragio activo y pasivo.

a. Universal: las exclusiones en sistemas de voto no universal.

i. Menores de 18 años.

ii. Extranjeros.

b. Secreto: problemas del voto no secreto

c. Igual:

i. El voto calificado.

ii. La posibilidad de votos preferentes (Ej. India)

d. Obligatorio: ¿Por qué debe ser obligatorio? GBC dice que no es conveniente. Debate.

6. Igualdad real de oportunidades en el acceso a cargos electivos y partidarios

a. L. 24.012: ¿era inconstitucional? GBC, sí. Inconstitucionalidad habría quedado borrada por la reforma de 1994.

b. La duración de las acciones positivas y la DT2.

7. Partidos Políticos:

a. Se incorporan a la constitución formal en 1994. Antes, según GBC, integraban la Constitución material. Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.

b. Características: son sujetos auxiliares del Estado, y son personas de derecho público no estatal

c. Dinámica de los partidos políticos:

i. Formulación de ideologías políticas, opiniones públicas y políticas activas.

ii. Participación en el proceso electoral

iii. Gravitación, influencias y presiones sobre el poder.

iv. Ocasional ocupación del poder estatal.

v. Oposición o consenso con el gobierno.

1. La reforma de 1994 y la dinámica partidaria.

2. Las elecciones de 2003

d. La reglamentación de los partidos políticos:

i. Es constitucional que una ley reglamente los requisitos a que deben ajustarse los partidos políticos para ser reconocidos.

ii. El reconocimiento puede ser denegado (en base a la discrepancia con la Constitución). Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución.

1. Historia de denegaciones de inscripción (Partido Obrero, Partido Nuevo Triunfo).

2. El criterio del peligro real y actual (GBC).

3. El partido anti sistema.

e. La participación interna que estimula el 38 CN.

i. Organización y funcionamiento democráticos

ii. Representación de las minorías: ¿Dentro de la vida del partido o en el sistema democrático? GBC dice: ambas.

iii. Competencia para la postulación de cargos electivos.

1. El monopolio de los partidos políticos de las candidaturas: ¿Es constitucional? GBC dice: solo para Senadores; en el resto, podría haber candidatos no partidarios.

2. Ross Perot / Macri / La Hermandad (J. Grisham).

3. CSJN Ríos, Antonio (1987).

iv. Acceso a la información pública

f. Financiamiento de los partidos políticos:

i. El Estado contribuye a su sostenimiento

ii. Deben hacer público el origen y el uso de sus fondos y patrimonios

iii. SCOTUS: de Buckley v. Valeo a Citizens United.

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